Riesgos legales de las restricciones presupuestarias en las empresas

Con el fin de analizar los riesgos legales de las restricciones presupuestarias en la empresa, PwC está organizando un ciclo de sesiones de trabajo, de las que surgirá una guía de buenas prácticas.

A pocas semanas del cierre del ejercicio, las empresas deben analizar seriamente los riesgos que pueden resultar de un plan de austeridad equivocado.

Entre las áreas a analizar figuran el uso de software sin licencia, la seguridad informática, el plan de continuidad del negocio, el control de los proveedores, la eventual reducción de la cobertura del seguro de responsabilidad civil y otras partidas presupuestarias que han sido objeto de reducción en las empresas.

La primera sesión tendrá lugar el día 3 de diciembre a las nueve de la mañana en la sede de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, en la calle Capitán Haya, 41 de Madrid. La sesión, en la que colabora el Ministerio de Industria y la Business Software Alliance, estará dedicada a los riesgos de limitar el presupuesto destinado a la adquisición de software y la correspondiente amenaza del uso de software sin licencia.

Adjunto invitación a la sesión, que va dirigida a las asesorías jurídicas internas, así como a los responsables de seguridad y LOPD de las grandes empresas.

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Logo del canal de TV grabado en la pantalla

Es una especie de castigo a la fidelidad de los televidentes. Si alguien ve un sólo canal durante mucho tiempo y tiene una pantalla de plasma, es muy probable que el logo de ese canal deje una huella en la pantalla. Se trata de algo parecido al famoso "screen burn" de las antiguas pantallas de fósforo que obligaba a utilizar un salvapantallas. He visto algún país en el que el logo del canal va cambiando de lugar o es semitransparente para evitar este efecto. Es interesante plantearse si la empresa que está detrás de ese canal podría llegar a ser declarada responsable de un eventual daño a la pantalla. No tengo información sobre ningún precedente en España de reclamación, código ético o práctica sobre el tamaño, situación, nivel de transparencia y posición estática o móvil del logo. La verdad es que la curiosidad ha surgido al ver hoy esa marca en el televisor de un familiar. He visto algún foro como mediaspy.org en el que se ha producido un intenso debate. Incluso se habla de personas que han reclamado una indemnización a su canal favorito por utilizar logos estáticos con colores sólidos y mucho contraste, a pesar de haber sido advertidos de que ello puede dejar marcas duraderas en la pantalla.

ACTUALIZACIÓN.- Hay argumentos para hablar de un problema derivado del estado de la ciencia. También he encontrado opiniones que defienden cierta responsabilidad de los fabricantes por haber elegido esta tecnología cuando hay otras disponibles (LCD, LED…), pero éstos generalmente advierten de este riesgo en sus manuales y garantias. Por otro lado, el canal al que me refiero es de pago y no hay publicidad, por lo que el logo no desaparece en ningún momento. Además, el logo es desproporcionadamente grande y los colores son sólidos y muy intensos. Una opción consiste en informar adecuadamente al propietario del canal sobre los perjuicios que causa su logo y sobre la necesidad de darle un poco de transparencia para que cada píxel contenga información variable y no genere huella. Si el canal no atiende estas peticiones, al menos no podría alegar desconocimiento. El primer efecto negativo es que el afectado al que me he referido va a estar unos días sin ver ese canal para ver si desaparece la huella. Es muy probable que a la larga el canal pierda uno de sus mejores clientes o limite el tiempo de visualización.

MP3 y audífonos: negocios paralelos

Ayer fui a comprar unas gafas, y el óptico que me atendió me explicó que todo el personal de la cadena está preparándose para poder atender a las personas con problemas de audición. Su previsión es que cuando la generación del MP3 llegue a una cierta edad, la demanda de audífonos se va a disparar. De hecho, ya tienen muchos clientes de la generación Walkman, pero el éxito del iPod ha hecho que sus expectativas se incrementen de forma escandalosa. Me enseñó unos audífonos de diseño que van a romper con la barrera estética que existe en la actualidad. De formas triangulares y con pintura metalizada, su idea es que los jóvenes lo vean como un gadget con el que van a la moda y a juego con su MP3. Al final bromeamos sobre las advertencias legales de las cajetillas de tabaco aplicadas a un lector de MP3: "Este dispositivo puede dejarte sordo". De hecho, en la documentación de estos aparatos ya se especifica que deben ser utilizados con un volumen moderado. Incluso la PSP lleva un limitador para que el nivel de audio no supere una franja de decibelios que pueda ser perjudicial. Por suerte, en este caso no existe una figura equivalente al fumador pasivo y cada uno puede asumir su propio nivel de riesgo.

Conclusiones de la comparativa

Las conclusiones que extraigo de la comparativa que hago en mi post anterior entre el procedimiento que cualquier perjudicado puede iniciar en la actualidad para solicitar a un ISP el bloqueo del acceso a contenidos que pueden infringir sus derechos de propiedad intelectual y el previsto en el Anteproyecto remitido al Consejo Asesor de las Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información, son las siguientes:

1. El nuevo procedimiento no difiere, en lo esencial, del que se aplica en la actualidad.
2. Los ISP no quedan obligados a bloquear los contenidos.
3. La aprobación del texto propuesto en el Anteproyecto puede originar confusiones.
4. Los ISP pueden llegar a entender que sólo las entidades y asociaciones legitimadas pueden solicitar el bloqueo de contenidos ilícitos.