Checklist para revisar las cámaras corporativas de videovigilancia

La sanción de 60.000 euros impuesta por la AEPD a unos grandes almacenes, confirmada por la Audiencia Nacional, obliga a recordar las condiciones en las que las empresas pueden hacer uso de videocámaras para realizar funciones de vigilancia y seguridad.

Para comprobar si una cámara o un sistema de videovigilancia cumple los requisitos legales y los criterios jurisprudenciales establecidos para esta actividad, deben realizarse las siguientes comprobaciones:

  1. IDONEIDAD: ¿Se consigue con la cámara el objetivo propuesto en materia de seguridad?
  2. NECESIDAD: ¿Existe otra medida más moderada para conseguir el objetivo propuesto con la misma eficacia?
  3. PROPORCIONALIDAD: ¿Existe un equilibrio entre el objetivo propuesto y los derechos de los afectados?
  4. INFORMACIÓN 1: ¿Se ha colocado en la zona un distintivo informativo con el contenido exigido por la ley?
  5. INFORMACIÓN 2: ¿Dispone la empresa de impresos informativos para los interesados que lo soliciten?
  6. CONTROL: ¿Dispone la empresa de un plano en el que se indique la situación de cada una de las cámaras?
  7. SITUACIÓN: ¿Está situada la cámara en la vía pública?
  8. RANGO 1: ¿Es adecuado el rango de acción de la cámara? (Un rango de 360 grados puede ser excesivo)
  9. RANGO 2: ¿La cámara obtiene imágenes de la vía pública?
  10. RANGO 3: En caso afirmativo, ¿es ello imprescindible para la finalidad propuesta?
  11. RANGO 4: En caso afirmativo, ¿resulta imposible evitarlo?
  12. RANGO 5: En caso afirmativo, ¿qué porcentaje ocupa la vía pública en el encuadre?
  13. ZOOM: ¿Dispone la cámara de zoom? (En algunos casos puede ser excesivo para la finalidad prevista)
  14. FICHERO: ¿La empresa ha inscrito el fichero de videovigilancia en el Registro General de la AEPD?
  15. TRATAMIENTO 1: ¿La empresa ha contratado a una empresa de seguridad para tratar o visualizar los datos?
  16. TRATAMIENTO 2: En caso afirmativo, ¿ha firmado un contrato de encargado del tratamiento?
  17. SEGURIDAD: ¿Se han aplicado medidas de seguridad en relación al fichero de videovigilancia?
  18. SECRETO: ¿Están identificadas y han suscrito un pacto de confidencialidad las personas con acceso a los datos?
  19. ACCESO: ¿Dispone la empresa de un procedimiento que facilite el derecho de acceso de los interesados?
  20. CANCELACIÓN: ¿Los datos son cancelados en el plazo máximo de un mes después de su captación?
  21. PRUEBA: ¿Dispone la empresa de las correspondientes evidencias de cumplimiento en materia de videovigilancia?