Acciones a realizar por un DPO con recursos insuficientes

Son muchas las empresas que han nombrado un DPO y no lo han dotado de recursos suficientes para realizar su función. En este artículo analizaremos las acciones que puede realizar el DPO para superar esta situación, agrupándolas en dos apartados: (1) En un mundo ideal, en el que se plantean las acciones que un DPO puede desarrollar en un plano teórico y (2) En el mundo real, en el que comentamos las acciones más prácticas que puede realizar un DPO al que no le queda otra opción que adaptarse a un esquema low cost.

EN UN MUNDO IDEAL

Infracción grave

El artículo 38.2 del RGPD, impone al responsable del tratamiento la obligación de facilitar al DPO los recursos necesarios para el desempeño de sus funciones. El incumplimiento de esta obligación es una infracción grave, prevista en el artículo 83.4.a del RGPD.

Es evidente que el DPO no va a denunciar a la empresa que lo ha contratado, pero al menos puede argumentar que la asignación de recursos insuficientes a un DPO es una infracción tan grave como no tener DPO, cuando es exigible su nombramiento. Este argumento se basa en la necesidad de dar coherencia al nombramiento del DPO, dándole recursos para evitar que su función quede sin cumplir. También se basa en el riesgo de que la insuficiencia de recursos quede acreditada en una inspección de la autoridad de control y se imponga la correspondiente sanción.

Posición correcta

Otra acción a realizar en el plano teórico es verificar que la posición del DPO en el organigrama de la empresa es la adecuada. De acuerdo con el artículo 38.3 del RGPD el DPO rendirá cuentas directamente al más alto nivel jerárquico y no recibirá ninguna instrucción en lo que respecta al desempeño de sus funciones. Si el DPO no está en esa posición, su independencia no está garantizada y se producirá una infracción grave del RGPD, al incumplir las obligaciones establecidas en el artículo 38 del RGPD.

En la rendición de cuentas, el DPO puede reiterar la necesidad de contar con más recursos, o de ocupar una posición más cercana al nivel jerárquico más alto, dejando constancia del riesgo de infracción grave del RGPD en ambos casos.

Delegación de autoridad

Otra anomalía consiste en que el DPO no tenga la autoridad suficiente, tanto a nivel jurídico como práctico. Ello se traducirá en una escasa eficacia de las instrucciones dirigidas al negocio, de la actividad de supervisión y de la aplicación del principio de privacidad desde el diseño. Un ejemplo clásico es el de las campañas de marketing que se diseñan, se elaboran sin contar con el DPO hasta la fase final, previa al lanzamiento.

En este caso el DPO debe realizar un esfuerzo adicional para demostrar la utilidad de la labor preventiva, sensibilizando al negocio sobre la necesidad de revisar con suficiente antelación cualquier iniciativa que pueda tener impacto en materia de privacidad. La delegación de autoridad debe contribuir al objetivo de que el negocio tenga un nivel de sensibilización y alerta adecuado sin tener que recurrir a mensajes apocalípticos ni al constante envío de noticias sobre incidentes de seguridad e infracciones en otras empresas. Aunque ello sigue siendo bastante efectivo en la práctica.

Justificación del presupuesto

Siguiendo en el plano teórico e ideal, el presupuesto del DPO se puede justificar fácilmente siguiendo los siguientes pasos:

  1. Elaboración de una lista de tareas a realizar, clasificándolas en función del nivel de criticidad y de la gravedad de las infracciones que pretenden evitar.
  2. Cuantificación de la carga de trabajo del DPO a través de la asignación de un tiempo estimado de dedicación a cada tarea.
  3. Suma del total de horas necesarias para realizar las tareas recurrentes y puntos de verificación.
  4. Cálculo del equipo necesario para realizar las tareas seleccionadas, teniendo en cuenta que cada persona dedica toda su jornada laboral a esta función, es decir, entre 1.700 y 1.800 horas al año.

En la lista de 364 tareas derivadas del RGPD elaborada por nuestro despacho, la suma total del tiempo de dedicación asciende a más de 4.000 horas al año, lo cual sugeriría un equipo ideal de al menos 2 personas a jornada completa para una gran empresa. Estas cifras pueden cambiar en función del sector al que pertenece la empresa (B2B o B2C) y del número de empresas que formen el grupo.

Estos pueden ser los datos a utilizar en el momento de justificar y negociar el presupuesto. Otra cosa es conseguirlo.

Cabe añadir que la externalización total o parcial de las funciones del DPO puede permitir un ahorro importante gracias a la especialización en la materia y al uso de una metodología orientada a la eficiencia operativa.

Comparativa con otros riesgos de incumplimiento

Cabe añadir a la lista de argumentos el hecho de que la normativa de protección de datos ha llegado a un nivel de complejidad, probabilidad e impacto que no tiene nada que envidiar a otras normativas, como la tributaria o la laboral. Si la prevención de los riesgos tributarios, contables, laborales y societarios tienen asignados unos recursos internos y externos proporcionados a su complejidad, probabilidad e impacto potencial, es lógico que el DPO también cuente con recursos similares.

Sensibilización de los directivos que tienen que aprobar el presupuesto

Dado que estamos hablando de cumplimiento normativo, en la tarea de concienciación de los directivos que tienen que aprobar su presupuesto, el DPO puede aprovechar algunos de los 25 argumentos que en su día elaboramos para el Compliance Officer.

EN EL MUNDO REAL

Creación de una estructura de control

Si el DPO no consigue presupuesto para disponer de un equipo propio o externo, deberá recurrir a los recursos internos de la empresa. Ello significa utilizar la estructura de control ya existente, estableciendo una colaboración directa con los responsables de las distintas funciones de control, siempre que ello no afecte a su independencia ni genere conflictos de interés.

Otra opción consiste en que el DPO cree su propia estructura de control. Para ello puede solicitar la colaboración de los responsables internos de cada tratamiento, a los que identificó en el momento de realizar el registro de actividades de tratamiento. Estos responsables deben asumir la ejecución de cada tarea o delegarla a otros miembros de su equipo.

Si el DPO no ha conseguido la suficiente delegación de autoridad, deberá utilizar habilidades de comunicación y persuasión que le permitan conseguir la colaboración de los distintos departamentos en la creación de la estructura de control.

Asignación de tareas periódicas

Una vez creada la estructura interna de control, habrá que distribuir las tareas relacionadas en la lista de tareas recurrentes y puntos de verificación antes comentada. La asignación de estas tareas requerirá la correspondiente formación, que puede impartirse de forma presencial o a través de fichas, manuales o tutoriales en vídeo que puede elaborar el propio DPO. También puede utilizar los elaborados por nuestro despacho.

Seguimiento de la ejecución de las tareas

Al delegar una buena parte de las tareas recurrentes, el DPO podrá destinar más tiempo al seguimiento y a la supervisión de su ejecución. Este trabajo puede hacerse de forma manual o incluso se puede automatizar con aplicaciones genéricas de gestión de proyectos o con aplicaciones especializadas como Compliance 3.0.

Recogida de evidencias

Finalmente, y de acuerdo con el principio de responsabilidad proactiva establecido en el artículo 5.2 del RGPD, el DPO deberá utilizar la estructura de control creada para obtener las pruebas que acrediten la ejecución de las acciones de prevención y control, así como el cumplimiento del RGPD y de la LOPD. La conservación ordenada de estas pruebas puede realizarse a través de un sistema de gestión documental genérico o a través de un repositorio de evidencias especializado y con sellado de tiempo automático, como el de la aplicación Compliance 3.0.

La creación de una cultura de cumplimiento en materia de protección de datos es un objetivo que necesita un tiempo de maduración cuya duración depende mucho del sector al que pertenece la empresa. Mientras se alcanza el nivel de madurez apropiado, el DPO puede argumentar que los recursos destinados al cumplimiento del RGOD y la LOPD no son un gasto únicamente asociado al cumplimiento, sino también una inversión destinada a proteger otros activos intangibles que conviven con los datos personales en los mismos sistemas informáticos: la información confidencial, la información privilegiada, la propiedad intelectual y la propiedad industrial.


ACTUALIZACIÓN – 09/03/2019

Añado al artículo las aportaciones de Jordi Civit, al que agradezco su colaboración.

Nombramiento voluntario del DPO

En el supuesto que el nombramiento del DPO haya sido voluntario, por no cumplir con las exigencias que establece el Reglamento, cabe recordar que la gravedad del incumplimiento es la misma ya que en el caso de dicha designación voluntaria le atienden las mismas obligaciones al responsable del tratamiento.

Relación de controles asignados a los responsables

Como último recurso, cabría la posibilidad que el DPO defina una relación de controles a llevar a cabo por parte de los Responsables de las diferentes actividades de tratamiento de la organización con objeto de remitir una autoevaluación de controles que deban ser valorados de forma objetiva por su parte. De esta forma se conseguirían dos objetivos, i) el DPO demostraría diligencia en la supervisión y asesoramiento de la organización en cuanto el cumplimiento normativo y; ii) el Responsable del tratamiento sería consciente de las obligaciones que le atienden así como de las acciones que debería llevar a cabo (son los controles) para alinearse con la regulación.

Reputación empresarial

Adicionalmente, y como activo intangible más importante a proteger por parte de las organizaciones estaría la REPUTACIÓN EMPRESARIAL.
¿Se ha parado su organización a reflexionar sobre la dificultad de conseguir la fidelidad de sus consumidores? La confianza es una labor que se trabaja día a día, y que cuesta mucho alcanzar pero cuesta muy poco perder.

Jornadas de sensibilización

En aquellas organizaciones donde sea difícil evidenciar el valor de la función del DPO, es recomendable que se realicen jornadas de sensibilización con la Dirección o las diferentes áreas que componen la organización.
El hecho de realizar una jornada específica puede dificultar la captación de la atención, es por ello que es recomendable participar como un ponente más en jornadas de reuniones departamentales o ejecutivas que puedan realizarse. En dicho foro, es el momento de exponer los objetivos de la organización en materia de Privacidad, las obligaciones que nos atienden por nuestra práctica sistemática así como los riesgos a los que estamos sujetos.
A la hora de mostrar la debida diligencia, por parte del DPO, es importante mantener un registro de los asistentes y la duración de dichas jornadas.
Como se comentaba anteriormente, es importante una adecuada gestión de la comunicación con las Direcciones de las diferentes áreas de negocio con objeto de que vean con buenos ojos la participación en dichas reuniones, así como evidenciar el beneficio que les pueda suponer a ellos como responsables de las actividades de tratamiento de la organización.

Publicar Infografía o resúmenes periódicos

La gestión de la comunicación es un factor fundamental para ir creando las estructuras de control necesarias en las organizaciones. Una acción bastante sencilla y que puede tener una gran repercusión es la creación de breves resúmenes con aspectos más relevantes a tener en cuenta en la operación habitual de la organización. Incluso, se podrían desarrollar una relación de DO’s & DONT’s a llevar a cabo por cada una de las áreas de negocio en base al nivel de aplicación del reglamento en sus tratamientos de datos. Si se dispone de un portal interno, o repositorio común de información, es importante que se publique y se encuentre dicha información disponible para consulta de todos los colaboradores.