El compliance se está imponiendo progresivamente en los procesos de due diligence previos a un proceso de inversión, haciendo que, a pesar de las urgencias y los cortos plazos de la transacción, se valoren aspectos relativos al cumplimiento que antes se analizaban superficialmente.
Los inversores están interesados en empresas que ofrezcan garantías de continuidad, y que no pongan en peligro sus solvencia o incluso su propia existencia a causa de incumplimientos que puedan generar grandes sanciones e indemnizaciones.
En los casos de absorción y fusión, la due diligence va orientada a evitar la transferencia de la responsabilidad penal prevista en el artículo 130 del Código Penal a la empresa resultante de la absorción o la fusión. Y en los casos de adquisición, el objetivo interesa salvaguardar la inversión y los activos incorporados con toda probabilidad al grupo de empresas de la adquirente, a pesar de que no haya consolidación contable ni se produzca la transferencia de una eventual responsabilidad penal.
Es también cada vez más frecuente que los accionistas soliciten información sobre los esfuerzos que la sociedad realiza en materia de cumplimiento, especialmente en el caso de los grandes inversores, capital riesgo y private equity. Debido a ello, las empresas están desarrollando sistemas de reporting, y en algunos casos, portales de compliance que faciliten el acceso a dicha información. También es importante que las sociedades de capita riesgo y de private equity utilicen una aplicación que les permita realizar un seguimiento periódico de los programas de compliance de sus participadas.
Según el Estudio Global de Inversión de Schroders 2016, los inversores españoles son más propensos a contemplar aspectos de gobierno corporativo, ambientales y sociales (conocidos como ESG) a la hora de adoptar decisiones de inversión que la media europea, e incluso, se sitúan por encima de otros países del mundo.
Los fondos activistas intentan asegurar que sus inversiones se dirijan a empresas que realicen un esfuerzo significativo en el cumplimiento de la ley, especialmente en el ámbito del medio ambiente, la corrupción y los derechos de los trabajadores.
El fondo soberano de Noruega ha destacado en esta tendencia, realizando controles periódicos en materia de compliance y retirando la inversión de las empresas incumplidoras. O incluso planteando demandas.
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