Embargos telemáticos

El BOE de hoy publica la Resolución de 20 de diciembre de 2007, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se eleva a 6.000 la cuantía de las diligencias de embargo telemático. Se trata de las órdenes que la Agencia Tributaria cursa de forma electrónica a las entidades financieras para que carguen en las cuentas de los contribuyentes morosos las cantidades que se encuentran en vía ejecutiva. El límite de los embargos telemáticos estaba fijado en 4.000 euros desde el año 2.000. Este tipo de embargos se ha convertido en un instrumento muy eficaz para la Agencia Tributaria, como expresamente se reconoce en la resolución. En clave de humor cabe decir que el corrector automático ha sustituido telemático por telepático en el borrador de este post. Espero que el BOE nunca publique una resolución en la que se reconozca la eficacia de los embargos telepáticos. Tal vez habrá que dejar de memorizar el número de nuestras cuentas bancarias.

Acceso a la Resolución (PDF)

1 comentario en “Embargos telemáticos

  1. Del fisco no se escapa nadie, excepto esos pobres de solemnidad (porque no tienen ningún tipo de bien ni c/c a la que hincar el diente en España) pero que se mueven con visas platinun emitidas por entidades bancarias situadas en paraisos fiscales.

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