Proyecto de Ley de conservación de datos

El Boletín Oficial del Congreso de los Diputados publicó ayer el Proyecto de Ley de Conservación de datos relativos a las Comunicaciones Electrónicas y a las Redes Públicas de Comunicaciones. Los apartados más destacados del proyecto son los siguientes:

1. OBLIGADOS

1.1 Operadores que presten servicios de comunicaciones electrónicas disponibles al público.
1.2 Operadores que exploten redes públicas de comunicaciones.

2. DATOS A CONSERVAR

2.1 Datos necesarios para rastrear e identificar el origen de una comunicación.
2.2 Datos necesarios para identificar el destino de una comunicación.
2.3 Datos necesarios para determinar la fecha, hora y duración de una comunicación.
2.4 Datos necesarios para identificar el tipo de comunicación.
2.5 Datos necesarios para identificar el equipo de comunicación de los usuarios.
     (Incluso las tarjetas de prepago).
2.6 Datos necesarios para identificar la localización del equipo de comunicación móvil.
2.7 Datos relativos a llamadas infructuosas.

3. DATOS QUE NO SE PUEDEN CONSERVAR

Datos que revelen el contenido de la comunicación.

4. PERIODO DE CONSERVACIÓN DE LOS DATOS

Doce meses

Texto completo del Proyecto de Ley (PDF)