¿Puede un periódico publicar las fotos que tuiteas?

La pregunta surge tras la reciente sentencia de un Juez de Distrito de Nueva York en la que declara que The Washington Post y la Agencia France-Press (AFP) infringieron los derechos de propiedad intelectual del fotógrafo Daniel Morel, al distribuir y publicar sin su autorización, fotografías que éste había tuiteado sobre el terremoto de Haití.

Los términos de servicio de Twitter establecen que:

  1. El usuario es el titular de los derechos que le amparan sobre cualquier contenido que envíe, reproduzca o exponga en Twitter.
  2. Al hacerlo, el usuario concede a Twitter una licencia mundial, no exclusiva y gratuita sobre el contenido publicado.
  3. Esta licencia permite a Twitter utilizar, copiar, reproducir, procesar, adaptar, modificar, publicar, transmitir, exponer y distribuir el contenido del usuario a través de cualquier medio o método de distribución presente o futuro.
  4. También permite a Twitter conceder sublicencias del contenido del usuario a terceros y permitir que las personas físicas o jurídicas asociadas a Twitter puedan sindicar, retransmitir, distribuir o publicar.

Ello significa que un periódico o cualquier otro sitio web no puede publicar una foto tuiteada sin la autorización del usuario o de Twitter, a través de un acuerdo de sublicencia o de asociación.

Sin embargo, John Herrman, de BuzzFeed plantea en un artículo de la semana pasada que no habría infracción de los derechos de autor si la fotografía se publica insertando el tuit en la página web. (Gracias a Patricia Ventura por la información facilitada).

Además de las funciones «Responder», «Retwittear» y «Favorito» que ofrece Twitter en relación a cada mensaje, a través del menú «…Más» se puede acceder a las funciones «Enviar Tweet por correo electrónico» e «Insertar Tweet». Esta última función permite acceder al código necesario para insertar el tuit en una página web, ofreciendo incluso una vista previa de cómo quedará la inserción.

Si consultamos el Centro de ayuda de Twitter, veremos las instrucciones para insertar un tuit en un sitio web o blog. En ellas se establece claramente la posibilidad de insertar cualquier tipo de tuit, incluyendo los tuits con fotos y vídeos. Además, en el apartado de preguntas frecuentes Twitter responde con un rotundo ¡SI! a la pregunta «¿Puedo insertar un Twet que contiene una foto, vídeo u otros medios?». La única condición actual es que las fotos estén en pic.twitter.com y los vídeos en YouTube y que el tuit a insertar no haya sido protegido por el usuario.

Se trata por lo tanto, de un régimen parecido al de YouTube, en el que existe una autorización genérica para insertar vídeos en páginas web y blogs siempre que el usuario no hay protegido el vídeo. La autorización sigue el camino usuario-Twitter-tercero.

Este régimen puede no satisfacer a muchos usuarios, pero es el que teóricamente acepta al abrir una cuenta en Twitter o tras ser notificado sobre una modificación de los términos del servicio y mantener la cuenta. Para eludirlo, el usuario puede proteger sus tuits, pero entonces dejan de ser públicos, y sólo podrán acceder a ellos los seguidores aprobados de forma expresa por el usuario.

El problema puede surgir cuando el usuario borra o protege el tuit que ya ha sido insertado en otro sitio web. En estos casos, y según las FAQ de Twitter (al final de la página), «las marcas de Twitter y las acciones del Tweet (Responder, Retuitear, etc.) serán eliminadas del Tweet inserto, pero el contenido del Tweet aún será visible«. Sería interesante en este caso ponderar el derecho a mantener el contenido online por parte del medio que ha insertado el contenido de buena fe, de acuerdo con la expectativa generada por Twitter, y el derecho moral del autor a solicitar la retirada de la foto, en función de lo establecido en los puntos 1 y 6 del artículo 14 del Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual.

Por lo tanto, y respondiendo a la pregunta que da título a este post, un periódico podría publicar una foto tuiteada en los siguientes casos:

  1. Cuando disponga de la autorización del usuario que la publicó.
  2. Cuando obtenga una sublicencia de Twitter.
  3. Cuando sea un asociado de Twitter autorizado a publicar fotos.
  4. Cuando inserte un tuit con foto en su sitio web.

Si el usuario quiere evitar que sus fotos sean publicadas en otros sitios web a través de la inserción del tuit, tiene la opción evidente de no tuitearlas, o de proteger sus tuits al inicio, antes de que hayan sido insertados en otro un sitio web.

5 comentarios en “¿Puede un periódico publicar las fotos que tuiteas?

  1. Buen análisis! Para mí la clave está en entender que son licencias que se extienden bajo la protección y los límites de la prestación del servicio de la plataforma que alberga los contenidos. La plataforma se reserva el derecho a sublicenciar pero dentro de la necesidad de su modelo de negocio, de ahí que advierte en varias ocasiones a sus Partners con cosas como «Tweets may be used in advertisements, not as advertisements». De otra forma cualquier otro uso fuera de ese alcance desvirtuaría el caracter no-exclusivo de la licencia y necesitaría el permiso expreso del titular de los derechos del contenido.
    http://www.sideleft.com/2013/01/sobre-las-creaciones-de-los-usuarios-y-las-licencias-de-explotacion-de-las-plataformas/

  2. Pingback: ¿Puede un periódico publicar las fotos que tuiteas? | Jassi's Community

  3. Una cuestión parecida salió a debate con la práctica de utilizar los tuits de los usuarios en los telediarios para comentar las noticias.

    Entiendo que si publican el tuit y el nombre de usuario, debe haber un consentimiento por parte del titular de la cuenta o que el mismo usuario ha tuiteado un comentario con la intención de que aparezca en pantalla.

    El debate se suscitó en si el contenido de Twitter es público o privado.

  4. Pingback: ¿Puede un periódico publicar las fotos que tuiteas?

Los comentarios están cerrados.