Facturas telemáticas para la Administración Central

El BOE de hoy publica la Orden PRE/2971/2007 por la que se regula la emisión de facturas por medios electrónicos cuando los destinatarios de las mismas sean la Administración General del Estado o cualquier organismo vinculado o dependiente de ella. La Orden establece los requisitos técnicos que deben cumplir estas facturas y la obligación de utilizar una firma electrónica avanzada para garantizar su autenticidad e integridad. Dichos requisitos técnicos se describen ampliamente en el portal http://www.facturae.es en el que también pueden encontarse distintas herramientas de conversión al formato requerido por la Orden. La firma electrónica deberá ajustarse a la especificación XML- (XAdES), ETSI TS 101 903.3.

1 comentario en “Facturas telemáticas para la Administración Central

  1. Estimado Javier;
    Hace tiempo que sigo tu blog aunque, hasta ahora, no había participado con algún comentario.
    Únicamente quería añadir a este post que la mencionada Orden ha incluido un aspecto bastante novedoso, del que no sabíamos nada al respecto. Se trata de la inclusión bajo el mismo paraguas que alberga a las empresas que contraten con el Estado y sus Organismos, a las empresas que comercialicen entre ellas pero cuyas facturas tengan que presentarlas telemáticamente ante Administraciones Públicas en el curso de cualquier procedimiento administrativo, por ejemplo en el ámbito de la solicitud de subvenciones.
    Un cordial saludo y enhorabuena por tu blog
    Bartolomé Borrego Zabala
    http://bartolomeborrego.wordpress.com

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