3 comentarios en “Procedimiento de notificacion de infracciones a ISP

  1. Xabier,
    ¿Cuál es la base legal del procedimiento actualmente en vigor?
    Gracias

  2. El Código Civil es el marco de las obligaciones surgidas de los contratos. Los contratos de ADSL, así como los de albergue de páginas web y de blogs, acostumbran a tener una cláusula por la que el ISP puede bloquear el acceso a los contenidos que considere que infringen una ley. Algunos proveedores incluso tienen una dirección de correo electrónico o un formulario para que los perjudicados puedan notificar presuntas infracciones. En la práctica se hace mediante requerimiento notarial o burofax, siguiendo el procedimiento habitual que utilizamos generalmente los abogados para conseguir una solución amistosa y evitar tener que acudir a los tribunales.
    Por otra parte, también es aplicable el Código Civil en cuanto al régimen general de la responsabilidad civil y la LSSI actual en cuanto a la responsabilidad de los ISP, ya que el requerimiento notarial o el burofax es atendido por el ISP para evitar ser declarado responsable de los perjuicios generados por los contenidos.

  3. Mis amigos, esto es falsa seguridad ¿no les parece? Hay tantos modos para ocultar el IP o para enviar basura (o cualquier información) registrando otro DLS que éstas legislaciones son algo inocentes, pues son los que verdaderamente infringen la ley, mandan millones de emails, spam y demás ilícitos los que gozan de impunidad, brincan dotas estas medidas de seguridad, mientras que el usuario común tiene problemas para mandar un correo a un cliente pues utilizó demasiadas veces la palabra “venta” u “oferta” en su carta.
    Al menos, éste es mi parecer.

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